Impuestos de Salida Terrestre y Aéreo

El Banco de Costa Rica pone a su disposición el servicio de cancelación de derechos de salida terrestre y salida aérea del país.

El pago del impuesto de salida aéreo se puede realizar en los kioscos de autoservicio de los aeropuertos Juan Santamaría, Daniel Oduber y Tobías Bolaños, cuando su boleto no lo incluya, ya que gracias a convenios con varias aerolíneas este impuesto ya se encuentra incluido en el boleto aéreo.

  • Al digitar sus datos no incluya caracteres especiales como tildes, ñ, y demás, ya que afectará la forma en la que se mostrará su nombre.
  • El recibo de impuesto deberá generarse con el número del pasaporte que utilizará la persona para salir del país, si el pasaporte no es costarricense deberá seleccionar la opción Extranjero e indicar el número de dicho pasaporte, esto aplica tanto para personas nacionales (cuando tengan doble nacionalidad) como para los residentes.
  • Las personas que salgan del país con pasaporte costarricense deberán seleccionar la opción Nacional e ingresar su número de cédula de identidad en formato de 9 dígitos, sin guiones y sin espacios; si usted tiene pasaporte biométrico debe ingresar el dato del número de cédula, no el número de pasaporte
  • El recibo del impuesto de salida no vence, su vigencia permanecerá hasta que sea utilizado en un puesto de Migración.

Para más información sobre los medios de pago y líneas aéreas, visite los siguientes enlaces:

Banner Impuesto Salida Terrestre

 

Banner Impuesto Salida Aéreo

 

 

En caso de que requiera presentar una queja formal con la Contraloría de Servicios, puede acceder al siguiente enlace https://www.bancobcr.com/wps/portal/bcr/bancobcr/soporte/contraloria/?gad_source=1&gclid=Cj0KCQjwqIm_BhDnARIsAKBYcmueW3KQI5R6WjKO7VtURzUgy7rt6HTHV0s-CJhjHqDn0CaWVwVQvbgaAhujEALw_wcB

 

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