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Crédito Mipymes Exportadoras
Programa de Financiamiento para Mipymes Exportadoras (Fondos FCD)
Está dirigido a:
- Personas físicas costarricenses o extranjeras y/o jurídicas nacionales, pertenecientes al sector exportador, beneficiarias de la Ley N° 8634 y sus Reformas (Ley en lo sucesivo), así como de sus principales proveedores locales directamente relacionados con la cadena de valor.
- Deben calificar como micro o pequeña; así como, con la condición legítima de sujetos beneficiarios y sectores prioritarios legítimos detallados en los artículos 6 y 7 de la Ley, cuyos proyectos sean viables y factibles,
- En el caso de las medianas empresas el Operador Financiero tomará las medidas de control, necesarias para la correcta aplicación de estas disposiciones normativas y legales, correspondiéndole además, documentar en el expediente del crédito, toda la información de respaldo necesaria para amparar el cumplimiento de los requisitos establecidos para acceder a financiamiento con recursos del SBD a una mediana empresa. (aplicar Art. 9 “De los casos de excepción para medianas empresas” del Reglamento de la Ley N° 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo y sus reformas).
Los sujetos beneficiarios deben cumplir con:
- Experiencia mínima de dos años de operación.
- Una categoría de riesgo entre A1 y B1 según SUGEF ACUERDO 1-05
- Un comportamiento de pago histórico nivel 1 según SUGEF ACUERDO 1-05.
- Un comportamiento de pago histórico en el Sistema de Banca para el Desarrollo (CPH-SBD) nivel 1 y 2 según SUGEF Acuerdo 15-16.
Notas:
- Para solicitantes que no cuenten con la información crediticia en el Centro de Información Crediticia de la SUGEF, se les asigna un puntaje final igual a cero y se clasifican en el nivel 1 de comportamiento de pago histórico.
- Personas físicas o jurídicas cuya mora máxima en el Comportamiento de pago histórico según SUGEF no supere los 30 días. Podrá aceptarse clientes con morosidad máxima histórica mayor, para lo cual debe mediar la justificación correspondiente por parte de la oficina que atiende el cliente e incluirse en el informe de crédito.
Características principales del crédito:
Modalidad: | Crédito directo, líneas de crédito revolutivas. |
Monto máximo a financiar: | Hasta US$1.000.000,00 (Un millón de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) o su equivalente en colones. |
Monto mínimo a financiar: | Para micro y pequeñas empresas $1.000 o su equivalente en colones. Para medianas empresas $5.000 o su equivalente en colones. |
Moneda: | Colones y dólares |
Plan de inversión: |
- Capital de trabajo. Subplanes: - Crédito de Inversión: Entre otras inversiones a fin con la naturaleza del negocio, para construcción y/o renovación de infraestructura, automatización de plantas y equipos, fortalecimiento de sus plataformas tecnológicas, compra de vehículos de trabajo y demás inversiones propias de la actividad exportadora. |
Plazo: | Hasta 15 años como máximo. El plazo estará en función del plan de inversión y de acuerdo a la normativa vigente. |
Garantía: |
- Hipotecas, prendas, fianza, títulos valores, garantías mobiliarias, fideicomiso e hipoteca abierta. |
Tasa de interés: |
Colones: TBP. Piso de 4%. |
Fuente de fondeo: |
Fondos que define la Ley N° 8634 Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo, sus Reformas y Reglamento (Ley). |
Pólizas: |
- Protección crediticia. |
Comisiones: |
- Formalización: 1%. No aplica ningún descuento. |
Formas de pago: |
- Para líneas de crédito: Cuotas mensuales consecutivos imputables a capital más intereses vencidos proporcionales al monto y plazo de cada giro. |
Otras condiciones: | Poseer cuenta corriente o de ahorros, tarjeta de débito, clave dinámica, bancobcr.com, app BCR Móvil. |
Descargo de Responsabilidad sobre las Tasas de Interés
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