Ir al contenido
/wps/wcm/connect/bcr/8eb4870f-7737-4a6f-8208-b672472755e2/BancodeCostaRica.png?MOD=AJPERES&CONVERT_TO=alt&CACHEID=ROOTWORKSPACE.Z18_4024H1S0NGVK20QQVEVDPP1G52-8eb4870f-7737-4a6f-8208-b672472755e2-nPCFL-M

Funciones de la Junta Directiva

 

1-Definir y aprobar  los objetivos estratégicos de la institución sustentados en el marco de las leyes constitutivas,  Plan Nacional de Desarrollo y la definición del Consejo de Gobierno. 

2-Realizar el seguimiento periódico de la estrategia, objetivos estratégicos y planes de acción de la institución. 

3-Velar para que las decisiones del Órgano de Dirección sean tomadas sobre una base de información oportuna, sólida y correcta. 

4-Promover y motivar de la discusión crítica asegurando que los criterios disidentes se puedan expresar y discutir libremente en el proceso de toma de decisiones. 

5-Llevar a conocimiento de la Junta Directiva, para su aprobación, las iniciativas del Poder Ejecutivo, relacionadas con la definición, formulación y adaptación de la política de Gobierno de la entidad.

6-Asegurar y documentar la inducción formal y completa para los nuevos miembros de Junta Directiva; a efecto de que conozcan el negocio, el entorno y sus responsabilidades. 

7-Abstenerse de participar o influir en la decisión de cualquier asunto en el que pueda tener un conflicto de intereses o bien, donde su objetividad, independencia o su capacidad de cumplir adecuadamente sus deberes se vea comprometida. 

8-Establecer una estructura organizativa que permita la toma de decisiones eficaces y el cumplimiento de sus responsabilidades. 

9-Establecer planes de sucesión adecuados para los puestos de la Alta Gerencia. 

10-Publicar a través de la página web información relativa a la Junta directiva que incluya, los atestados, la conformación, tamaño, miembros, proceso de selección y criterio de independencia.

11-Establecer una estructura del conglomerado financiero y un gobierno con funciones y responsabilidades definidas a nivel de la controladora  y de las entidades individuales que conforman el conglomerado financiero. 

12-Revelar en su sitio web o por medio de otro mecanismo de fácil acceso a las Partes Interesadas, la información sobre, el Código de Gobierno Corporativo, los Estados financieros auditados y los objetivos de la entidad. 

13-Llevar los  registros; de las grabaciones de las sesiones de JDG, de los pendientes que surjan de los acuerdos adoptados, de la comunicación de acuerdos a las áreas responsables y de la asistencia de los miembros. 

14-Asegurar que los miembros de los comités de apoyo cuentan con el conocimiento o experiencia necesaria acorde con la materia objeto de su integración. Al menos un miembro de la junta directiva debe formar parte de cada comité y presidir. 

15-Cumplir con la buena práctica de rotación de los auditores externos.

16-Definir requisitos personales, académicos, técnicos y de experiencia de los Puestos Claves que conforman la estructura. Garantizando el cumplimiento de estos requisitos en el proceso de contratación  y durante la relación de servicio. 

17-Actuar atendiendo los deberes de cuidado y lealtad, cumpliendo la legislación y la normativa aplicable. Esto incluye la participación activa en los principales asuntos de la entidad. 

18- Revisar y ajustar (el Órgano de Dirección y la Alta Gerencia) periódicamente el Gobierno Corporativo para que se adapte a los cambios del entorno de la entidad. 

19-Vigilar e informar al público sobre proyectos estratégicos, inversiones significativas, adquisiciones, ventas u otras disminuciones patrimoniales relevantes. 

20-Aprobar los planes de contingencia y de continuidad del negocio, incluyendo tecnologías de información, que aseguren la capacidad operativa y reduzcan  las pérdidas en caso de una interrupción de sus operaciones. 

21-Establecer las políticas para el servicio al cliente que incluya la atención de inquietudes, quejas y denuncias de los Clientes y demás Partes Interesadas. 

22-Difundir al público información relativa a la Alta Gerencia que incluya, sus responsabilidades, líneas de reporte, atestados, experiencia y operaciones con partes vinculadas que se hayan realizado durante el último año. 

23-Acordar, reformar e interpretar para su aplicación los reglamentos del Banco; regular los servicios de organización y administración del establecimiento y dirigir su funcionamiento. 

24-Aprobar las políticas  de la entidad y emitir políticas para: (i) La relación con Clientes, socios, asociados y otras Partes Interesadas. (ii) La relación con proveedores o terceros contratados. (iii) Las relaciones intragrupo. 

25-Aprobar y supervisa el cumplimiento de la Declaración de Apetito de Riesgo. 

26-Asegurar que las transacciones con partes vinculadas sean revisadas para evaluar el riesgo y evitar conflictos de intereses. 

27-Promover una cultura de gestión de riesgo sólida, transmitiendo a la organización sus expectativa. 

28-Promover que las Partes Interesadas, incluidos los colaboradores y sus órganos representativos manifiesten libremente a la Junta Directiva sus preocupaciones en relación con posibles prácticas ilegales. 

29-Informar a la superintendencia sobre hechos o situaciones que pongan en riesgo la seguridad y solvencia de la entidad. 

30-Evaluar si existen sistemas eficaces para facilitar el intercambio de información entre las distintas entidades, para gestionar los riesgos de las entidades individuales, así como los riesgos del grupo. 

31-Establecer el perfil de riesgo aceptable de la entidad, para lo cual requiere tener un conocimiento de los riesgos a los que está expuesta la entidad. 

32-Aprobar las estrategias y políticas sobre la administración integral de riesgos, así como los límites de tolerancia a los riesgos. Los límites, estrategias y políticas deben revisarse y actualizarse con la frecuencia que determine la  JD. 

33-Asegurar que la entidad mantenga un nivel de suficiencia patrimonial congruente con su perfil de riesgo.

34-Aprobar anualmente el nivel de estimaciones para cubrir los riesgos de crédito. 

35-Designar a la firma auditora o profesional independiente para la auditoría del proceso de Administración Integral de Riesgos. 

36-Aprobar metodologías para la calificación de la capacidad de pago de los deudores, así como metodologías de análisis de la capacidad de pago de los deudores bajo escenarios de estrés definidos por la propia entidad financiera. 

37-Aprobar y supervisar la implementación de procesos de autoevaluación de riesgos de la entidad, las políticas de cumplimiento y el sistema de control interno.  

38-Establecer las medidas disciplinarias para la Alta Gerencia y demás empleados ante desviaciones y transgresiones a la cultura, políticas declaradas, código de conducta y valores corporativos de la entidad. 

39-Aprobar y mantener una estrategia de gestión de riesgo y políticas asociadas, cerciorándose de su difusión e implementación. Velar por el desarrollo de una Cultura de Riesgo y la formulación de la Declaración de Apetito de Riesgo. 

40-Definir la estrategia y gestión de riesgos del grupo o conglomerado financiero y comunicarlas a las entidades que lo conforman. 

41-Asegurar de que el gobierno del grupo o conglomerado financiero incluya los procesos y controles para identificar y gestionar los potenciales conflictos de intereses. 

42-Evaluar si existen sistemas eficaces para facilitar el intercambio de información entre las distintas entidades, para gestionar los riesgos de las entidades individuales y del grupo; para garantizar un control eficaz.

43-Aprobar y supervisar el perfil y apetito de riesgo de la Entidad y aprobar los parámetros de aceptabilidad de riesgo, límites de tolerancia e indicadores de riesgo (Declaratoria) que son relevantes para la Entidad. 

44-Aprobar y dar seguimiento a los presupuestos anuales y su liquidación. 

45-Asegurar la existencia de políticas y procedimientos; para la prevención, detección y combate contra todo tipo de corrupción, fraude e irregularidad.                                                                               

46-Supervisar los procesos de divulgación y comunicación al público garantizando la aplicación de las políticas de transparencia. 

47-Otorgar el visto bueno a los proyectos de presupuesto anual y extraordinarios que se eleven a la Junta Directiva para su aprobación, vigilando su correcta ejecución. 

48-Asegurar el cumplimiento de la legislación y regulación aplicable a la entidad; las políticas, códigos y otras disposiciones internas aprobadas. 

49-Aprobar los estados financieros anuales  y exigir una revisión periódica de los mismos, como responsables de la información contable y financiera. 

50-Asegurar que la entidad cuente con un sistema de información gerencial íntegro, confiable y que permita tomar decisiones oportunas y adecuadas. 

51-Vigilar el mantenimiento de indicadores financieros saludables de la institución, asegurando la aplicación de los estándares internacionales más actualizados de información financiera. 

52-Vigilar que las acciones de la Alta Gerencia sean consistentes con la normativa, el plan estratégico, las políticas y otras disposiciones aprobadas. 

53-Asegurar que los conocimientos y pericia de la Alta Gerencia sean adecuados dada la naturaleza del negocio o actividad y el Perfil de Riesgo de la entidad. 

54-Aprobar el Marco de Gestión de TI. 

55-Establecer, aprobar y supervisar la aplicación de las políticas de gestión de TI. 

56-Asegurar que las actividades y la estructura de sus subsidiaras estén sujetos a revisiones de auditoría interna y externa en forma regular. 

57-Analizar y aprobar los informes de la Auditoría Externa de TI que se remitan a las respectivas superintendencias. 

58-Aprobar las estrategias y la designación de los recursos necesarios para la implementación del Marco de Gestión de TI. 

59-Solicitar al Consejo de Gobierno el nombramiento interino para sustituir a un director que no pueda asistir a sesiones debidamente justificadas por períodos de 1 mes a 1 año máximo. 

60-Aprobar la selección y remoción de los funcionarios de la Alta Gerencia, y de los responsables de los Órganos de Control; asimismo, debe realizar una evaluación periódica de su desempeño. 

61-Las utilidades netas de cada Banco se determinarán después de apartar las sumas que hubiere autorizado la SUGEF. Las reservas serán individualizadas en los libros y balances del banco, y podrán ser aumentadas  según dispusiere su JD.  

62-Nombrar a los miembros del Comité de Auditoría y demás comités de apoyo, cuando corresponda, necesarios para el cumplimiento eficiente de los objetivos asignados a dichos comités. 

63-Analizar los informes que les remitan los comités de apoyo, los órganos supervisores y las auditorías interna y externa y tomar las decisiones que se consideren procedentes. 

64-Conocer el plan anual de trabajo de la auditoría interna y solicitar la incorporación de los estudios que se consideren necesarios. 

65-Solicitar a la auditoría interna los informes sobre temas específicos, en el ámbito de su competencia e independencia funcional y de criterio, que requieran los órganos supervisores. 

66-Dar seguimiento a los informes de la auditoría interna, relacionados con la atención, por parte de la administración, de las debilidades comunicadas por los órganos supervisores, auditores y demás entes de fiscalización. 

67-Promover una comunicación oportuna y transparente con los órganos supervisores, sobre situaciones, eventos o problemas que afecten o representen riesgo de afectar significativamente a la empresa. 

68-Evaluar si el gobierno incluye políticas adecuadas, procesos, controles y la gestión de los riesgos por medio de la estructura jurídica y estructura empresarial del Conglomerado Financiero BCR.  

69-Aprobar políticas y estrategias claras para el establecimiento de nuevas entidades individuales o cambios en la estructura del CFBCR y asegurar que estas sean coherentes con las políticas y los intereses del grupo. 

70-Conocer y vigilar las soluciones individuales de sus subsidiarias relacionadas con el cumplimiento legal, en el entendido que cada una es individualmente responsable. 

71- La junta directiva de cada banco comercial del estado establecerá las disposiciones reglamentarias y normas de operación que considere más convenientes para la concesión de créditos.