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Certificados de Depósito a Plazo Electrónicos

Es una inversión a plazo para la cual no se emite un documento o certificado de la inversión y se constituye exclusivamente en la Oficina Virtual del Banco de Costa Rica mediante cargo a una cuenta corriente o de ahorros.

Las inversiones pueden realizarse tanto en colones como en dólares . Pueden ser en modalidad de Interés Simple en ambas monedas. O Interés Compuesto disponible solamente en colones a 6 meses plazo.

Monto mínimo a invertir:

 COLONES

Certificado Físico negociable en Bolsa

¢ 100,000.00

Bancobcr.com y Desmaterializado-Físico negociable BCR (1 a 29 días)

¢50,000.00

Bancobcr.com y Desmaterializado-Físico negociable BCR ( > a 30 días)

¢50,000.00

 

 

DOLARES

Certificado Físico negociable en Bolsa

$1,000.00

Bancobcr.com y Desmaterializado-Físico negociable BCR (1 a 29 días)

$5,000.00

Bancobcr.com y Desmaterializado-Físico negociable BCR ( > a 30 días)

$500.00

NOTA: Según transitorio publicado en la Gaceta el  22 de abril del 2009 - Ley del impuesto sobre la renta 7092 - todos los CDP emitidos en dólares estarán sujetos al 8% del impuesto de la renta.

El plazo puede variar desde 1 día hasta 5 años a conveniencia del cliente. La periodicidad de pago de intereses puede elegirse entre mensual, bimestral, trimestral, semestral, anual o al vencimiento. El plazo de la inversión debe indicarse en días.

En las inversiones en colones, a los intereses ganados se les deducirá el monto correspondiente al impuesto del 8% del Ministerio de Hacienda.

Los CDPs electrónicos podrán ser negociados antes de su vencimiento, si el cliente cumple con los parámetros establecidos para este trámite, plazo mínimo de permanencia y pago de la comisión correspondiente.

Al final del plazo de la inversión, el capital será depositado en la cuenta que el cliente haya indicado al momento de su constitución. Los intereses se acreditarán de acuerdo con la periodicidad de pago y puede ser en otra cuenta diferente a donde se acreditará el capital inicial.

Si al constituirse la inversión o al acreditarse los intereses y el capital se utilizan cuentas con moneda diferente a la inversión, se indicará el tipo de cambio aplicado en cada caso.

El sistema enviará al correo electrónico del inversionista que lo haya registrado, un aviso de los intereses acreditados y del vencimiento de la inversión con 1 semana de anticipación.

IMPORTANTE: La inversión que se realice posterior a las 8 p.m. se tendrá por constituida con fecha del siguiente día hábil, le aplicará la tasa de interés que rija para esa fecha aunque devengará intereses a partir del siguiente día natural. Por ejemplo, si usted invierte un viernes a las 10:00 p.m., aplica la tasa que rige para el lunes (si hay variación) y devenga intereses a partir del sábado.

 

Teléfono: (506) 2284-6600
E-mail: serviciosbancaelectronica@bancobcr.com

 



 
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